viernes, 2 de enero de 2009

Una pregunta constante

¿SON EMBARGABLES LAS REMUNERACIONES DE LOS TRABAJADORES?
Si el Derecho del Trabajo existe, es precisamente para defender a los trabajadores, a los que, en la práctica se estima más débiles.
Una forma de protegerlos es precisamente estableciendo que a los trabajadores NO se les pueden embargar sus remuneraciones.
Como se trata de proteger a los más débiles, el Código es claro para señalar que no se pueden embargar las remuneraciones de los trabajadores que ganen menos del equivalente en dinero a 56 unidades de fomento. El excedente de esa cantidad $1.200.000.- si se le puede embargar
Así si un trabajador gana $5.200.000.- perfectamente se le pueden embargar por diversas deudas que pudiere tener hasta $4.000.000.- de su remuneración mensual.
Sin embargo a todo trabajador se le puede embargar por pensiones alimenticias hasta el 50% de su remuneración. Así, si un trabajador gana $300.000.- al mes, se le puede embargar por concepto de alimentos hasta un máximo de $150.000.-
También pueden embargarle hasta el 50% de su remuneración los propios trabajadores del trabajador. Ejemplo, si un señor que gana $300.000.- no le ha pagado a su cocinera, ésta le puede embargar hasta $150.000.-
También, si el trabajador hurta, roba o defrauda a la empresa en que trabaja, ésta le puede descontar hasta el 50% de su remuneración. (Por supuesto que lo más probable es que lo despidan.

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